El texto que vamos a
proceder a comentar y resumir trata sobre la participación en la Educación y el
Sistema Educativo. Para ello, Silvino Diana lo divide en dos partes. En una
primera hace un repaso por las leyes educativas en España desde 1945 hasta el año
1996 con los dos reales decretos y su concepción de la participación, y una
segunda parte en la que nos habla y describe los órganos de participación
existentes desde el Consejo Escolar hasta el Consejo Escolar del Estado, sin
olvidar un último apartado dedicado a los documentos donde se refleja la
participación y una introducción al comienzo donde define “participación”. Sin más preámbulos, comenzamos por el siguiente
apartado:
EL
SENTIDO DE LA PARTICIPACIÓN EN ESPAÑA A TRAVÉS DE LOS SISTEMAS EDUCATIVOS
1. Ley de Educación Primaria.
a. Año:
17 de julio de 1945.
i.
Participación implícita con la
educación. La familia pilar fundamental de forma indirecta:
1. Asistencia
de los Hijos.
2. Formar
el carácter y la personalidad del niño junto con el maestro.
3. Rendimiento
del niño (Hablar con el maestro).
4. Cooperar
con las instituciones y asociaciones pedagógicas del momento.
b. Órganos
de participación:
i.
Juntas Municipales: (Autoridades
Locales)
1. Comprobar
el trabajo escolar.
2. Días
festivos y horas laborables.
ii.
Comisión Provincial de Enseñanza
Primaria: (capitales de provincia y plazas de soberanía – Presidente el
Inspector Jefe de Enseñanza Primaria).
1. Nombran
maestros.
2. Confeccionan
los planes de necesidades y desarrollos escolares una vez han escuchado a las
juntas municipales y la Inspección.
iii.
Consejos de Distrito Universitario:
1. Regir
y orientar las funciones docentes además de la labor cultural y educativa
dentro del Distrito Universitario.
2. Ley general de educación y
financiamiento de la reforma educativa.
a.
Año: 4 de Agosto de 1970.
i.
Constitución de las AMPAs en los
centros, poblaciones, comarcas y provincias. Participarán en la función
educativa.
ii.
Participación y coordinación entre
los órganos de gobierno del centro y las AMPA.
iii.
Participación en los órganos de
gobierno: Director asistido por el Claustro de Profesores y por un Consejo
Asesor (Incluidas las AMPAs).
3. Ley Orgánica sobre el estatuto de
centros escolares.
a.
Año: 1980.
b.
Intento de adecuar la normativa a
la situación de España en el momento (Democracia y Constitución de 1978). Es
una reforma parcial que afecta a los Centros Escolares.
i.
Órganos de Participación:
1.
AMPA.
2.
Consejo de Dirección:
a.
4 representantes del AMPA
b.
2 de alumnos.
ii.
Derechos y deberes del alumno:
1.
Participar en la vida de los
centros.
4. Ley Orgánica reguladora del derecho
a la Educación.
a.
Año: 1985.
b.
Regula la participación y los
distintos órganos (centros escolares hasta órgano superior del Estado).
i.
Aportaciones:
1.
Participación de los padres en la
Gestión del Centro.
2.
Derecho de los alumnos a participar
en la vida del centro y en su funcionamiento.
3.
Asociaciones de alumnos (primera
vez que aparece mencionado): participación en los órganos colegiados del
centro.
ii.
El título Tercero que habla de la
participación ha sido sustituido por la “Ley Orgánica de la Participación, la
Evaluación y el Gobierno de los Centros Docentes.
iii.
En los centros privados, la
participación aparece reflejada en sus reglamentos de régimen interno.
iv.
En los concertados participan a
través del Consejo Escolar.
v.
Se establecen los diferentes
órganos de participación:
1.
El Consejo Escolar del Estado.
2.
Consejo Escolar territorial
(CC.AA.)
3.
Posibilidad de establecer Consejos
Escolares territoriales de tipo provincial, comarcal o zonal, etc. (Tipo
consejos escolares municipales, comarcales, etc. Algo que aun hoy no se ha
conseguido desarrollar completamente, lo más cercano han sido los Consejos
Escolares Municipales en aquellos municipios normalmente gobernados por
partidos de izquierdas, pero que no han tenido mucho éxito).
5. Ley de Ordenación General del
Sistema Educativo (LOGSE).
a.
Año: 3 de Octubre de1990.
b.
Elimina los artículos que aun
quedaban de la ley de 1970. Y mediante los Reales Decretos 82/1996 y 83/1996
establece:
i.
Reglamentos Orgánicos: Escuelas de
Educación Infantil, Colegios de Educación Primaria e Institutos de Educación
Secundaria.
ii.
Establecen la autonomía Pedagógica
y Organizativa de dichos centros como base de participación. Lo que supone una
participación en las decisiones contenidas en el modelo de gestión y en los
documentos institucionales de los centros educativos.
c.
Habla de participación para
conseguir objetivos educativos y así implicar a los sectores de la comunidad
educativa, destacando los padres, madres, tutores, profesores, y alumnos.
d.
Adapta el sistema educativo a los
nuevos cambios sociales y tecnológicos.
e.
Ordena los tramos educativos
(enseñanza obligatoria) en 10 años, para así orientarlo a la Integración en la
Unión Europea.
f.
Organiza el Sistema Educativo por
niveles, etapas, ciclos, grados y modalidades. Integrando la participación en
la autonomía otorgada a los centros.
6. Ley
Orgánica de la Participación, la Evaluación y el Gobierno de los Centros
Docentes.
a.
Año: 20 de Noviembre de 1995.
b.
La participación en los diferentes
contextos:
i.
La Comunidad Educativa participa a
través del Consejo Escolar.
ii.
Los Profesores, además del órgano
anterior, lo harán a través del Claustro de Profesores.
iii.
Las diferentes administraciones
educativas reforzarán la participación democrática de los alumnos.
iv.
Tantos profesores, como padres y
alumnos participarán en las actividades escolares, ya sean complementarias o
extraescolares.
c.
Reitera lo dicho en el Punto 5
sobre la autonomía pedagógica y administrativa como medio de participación en
la gestión y redacción de los documentos del centro.
ORGANOS
DE PARTICIPACIÓN EN LOS CENTROS PÚBLICOS.
-
Real Decreto 82/1996 de 26 de Enero:
o
Establece los Órganos Colegiados y
Unipersonales de Gobierno de las Escuelas de Educación Infantil y los Colegios
de Primaria.
-
Real Decreto 83/1996 de 26 de Enero:
o
Establece los Órganos Colegiados y Unipersonales de Gobierno de los Institutos
de Educación Secundaria.
-
Los dos reales decretos anteriores
suponen la participación en la gestión pedagógica y organizativa de los Centros
que se realizará a través de dos órganos: El Consejo Escolar y el Claustro de
Profesores.
-
CONSEJO ESCOLAR:
o
Están representados todos los sectores
de la Comunidad Educativa:
§ El
Centro:
·
Director.
·
Jefe de Estudios.
·
Secretario (con voz pero sin voto).
·
Profesores (número no inferior a 1/3 del
total de componentes del Consejo).
§ Ayuntamiento:
·
Un Concejal o persona designada.
§ Padres:
·
Número no inferior a 1/3 del total de
componentes del Consejo.
§ Alumnos:
·
Primaria: Según refleje el PEC.
·
ESO: Podrán elegirse después del primer
ciclo, sin embargo, no podrán participar en la elección o cese del director.
§ Personal
de Administración y Servicios:
·
Un representante.
o
Dentro del Consejo Escolar y según los
Reglamentos Orgánicos de los Centros, habrá una “Comisión de Convivencia”:
§ La
forman: profesores, padres y alumnos, y la preside el director.
§ Objetivos:
·
Fomentar el ambiente participativo para
solucionar y mediar en los conflictos y buscar las mejores soluciones para la
convivencia en el centro.
o
Funciones del CONSEJO ESCOLAR:
§ Establecer
las directrices para elaborar el Proyecto Educativo, aprobarlo y evaluarlo.
§ Elegir
al Director.
§ Decidir
sobre la admisión de alumnos.
§ Aprobar
el Reglamento de Régimen Interior.
§ Resolver
los conflictos que afectan a la convivencia del centro.
§ Aprobar
el proyecto del presupuesto del centro
§ Aprobar
y evaluar la programación general del centro.
§ Aprobar
y evaluar la programación general de las actividades escolares y
complementarias.
§ Analizar
y evaluar el funcionamiento general del centro.
§ Analizar
y evaluar la evolución del rendimiento escolar general del centro.
§ Informar
la memoria anual de las actividades y actuaciones generales del centro.
-
CLAUSTRO DE PROFESORES:
o
Es el órgano de participación de los
profesores.
o
Tienen la responsabilidad de planificar,
coordinar, definir e informar sobre los aspectos docentes.
o
Lo preside el director y lo integran
todos los profesores (asistencia obligatoria).
o
Competencias:
§ Propuestas
para el PEC y la PGA al Equipo Directivo.
§ Establecer
los criterios para la elaboración de los proyectos curriculares, aprobarlos,
evaluarlos y decidir las posibles modificaciones.
§ Aprobar
los aspectos docentes de la programación general anual, informarla antes de la
presentación al consejo escolar e informar la memoria final del curso.
§ Promover
iniciativas en el campo de la innovación y experimentación pedagógica.
§ Elegir
sus representantes en el Consejo Escolar.
§ Conocer
las candidaturas y los candidatos a la dirección.
§ Coordinar
las funciones referentes a la orientación, tutoría y recuperación de alumnos.
§ Analizar
y evaluar los aspectos docentes del apoyo educativo.
§ Aprobar
los aspectos pedagógicos referentes a la elaboración de los horarios de los
alumnos.
§ Aprobar
los criterios para la elaboración de los horarios de los profesores
§ Aprobar
la planificación general de las sesiones de evaluación.
§ Analizar
y valorar la evaluación del rendimiento escolar general del Centro.
-
Los dos órganos anteriormente explicados
colaboran en la evaluación que hace del centro la Inspección.
-
Cada sector representado en el Consejo
Escolar podrá elevar informes a la Administración sobre el funcionamiento del
centro.
-
En secundaria la participación de los
alumnos tiene lugar a través de la Junta de Delegados, que puede realizarse a
través de la junta de delegados en pleno o en comisión y serán escuchados por
los órganos directivos del colegio.
-
Normas de convivencia:
o
La convivencia es muy importante para
conseguir un buen ambiente, y además permita una participación libre,
democrática y responsable. Las normas que permitan dicha convivencia deben
aparecer en el Régimen Interno de los Centros.
o
A la hora de la convivencia se debe
hacer partícipe no solo a los alumnos, sino también a todos los sectores y es
importante que no quede en el papel, sino que permita que sean cumplidas esas
normas.
o
Por ello debe existir una autonomía y
una propia autorregulación de los centros.
LA
PARTICIPACIÓN EN LOS CENTROS CONCERTADOS:
o
Al igual que en los centros públicos los
órganos más importantes son el Consejo Escolar y el Claustro de Profesores. La
única variación respecto a los públicos se encuentra en el personal que lo
forma.
§ El
Director.
§ 3
representantes de la titularidad del centro.
§ 4
representantes de los profesores.
§ 4
representantes de los padres/tutores.
§ 2
representantes de los estudiantes (a partir del primer ciclo de la ESO).
§ 1
representante del personal de Administración y Servicios.
o
Además me resulta llamativo que en los
centros concertados que tengan FP, puede haber un representante de las empresas
con voz pero sin voto.
o
Por lo demás el Funcionamiento del
Claustro de Profesores es igual que en el publico.
PARTICIPACIÓN
EN LOS CENTROS PRIVADOS:
-
Según la LODE este tipo de centros
reflejaran la forma de participación en el Reglamento de Régimen Interno.
ü LA PARTICIPACIÓN EN LAS COMUNIDADES
AUTÓNOMAS:
-
Las Comunidades Autónomas cuentan con
sus propios Consejos Escolares Territoriales que estarán regulados por una ley
de la Asamblea de la Comunidad. Estarán representados según la programación de
la enseñanza.
-
Destaca la posible existencia Consejos
Escolares Provinciales, comarcales, etc.
ü CONSEJO ESCOLAR DEL ESTADO:
-
Órgano para la participación en la
programación general de la enseñanza y de asesoramiento en los proyectos de ley
o reglamentos que hayan de ser dictados por el Gobierno.
o
Funcionamiento:
§ A
través del pleno, comisión permanente y ponencias.
o
Composición:
§ 20
profesores (propuestos por las centrales y asociaciones sindicales más
representativas de la enseñanza pública).
§ 8
profesores de la privada.
§ 12
padres de alumnos (Repartidos entre las AMPAs más representativas).
§ 8
alumnos (repartidos entre las asociaciones más representativas).
§ 4
representantes de administración y
servicios (por las centrales y asociaciones sindicales más representativas).
§ 4
titulares de centros privados (nombrados a propuesta de las organizaciones
empresariales más representativas).
§ 4
representantes de los sindicatos.
§ 4
representantes de la patronal.
§ 8
representantes de la Administración Educativa del Estado (designados por el
MEC).
§ 4
representantes de las universidades (nombrados por el Consejo de
Universidades).
§ 12
representantes de prestigio en el campo educativo nombrados por el MEC.
o
Pleno:
§ Se
le consulta sobre:
·
Programación General de las Enseñanzas.
·
Normas del Estado relacionadas con el
Sistema Educativo.
·
Aquellas leyes que impliquen la consulta
del Pleno del Consejo Escolar del Estado.
·
Aprobar el informe anual sobre el estado
y situación del sistema educativo.
o
Comisión Permanente:
§ Participa
en las siguientes cuestiones:
·
Proyectos de reglamento relacionados con
la legislación básica de la enseñanza.
·
Fijar las enseñanzas mínimas y
regularizar las condiciones para obtener títulos académicos y la aplicación en
casos conflictivos.
·
Disposiciones relacionadas con la
igualdad de derechos y oportunidades en la enseñanza.
·
Determina los niveles mínimos de
rendimiento y calidad.
·
Requisitos para que un centro pueda
enseñar con una serie de garantías de calidad.
·
Elabora el informa anual sobre el estado
y situación del sistema educativo.
o
Ponencias:
§ La
Comisión Permanente establece una serie de ponencias o trabajos sobre la
redacción de informes o estudios concretos.
§ No
son vinculantes para la Comisión Permanente.
ü DOCUMENTOS INSTITUCIONALES DE LOS
CENTROS QUE HACEN POSIBLE LA PARTICIPACIÓN:
-
En este apartado el autor nos muestra
cuatro documentos muy importantes que permiten o implican la participación de
los docentes. En algunos casos ya hemos hablado de ellos, por lo que omitiré la
explicación y me centraré en la participación:
o
PEC/ Ideario de Centro (centros
privados):
§ Es
elaborado, aprobado y revisado por todos los sectores educativos.
o
Reglamento de Régimen Interno:
§ Relaciones
entre los miembros de la comunidad educativa y entre los órganos de gobierno y
coordinación didáctica.
§ Quizás
un poco denostado por falta de formación que permita hacerlo realidad de una
manera eficiente.
o
PGA:
§ Participan
todos los sectores de la educación.
§ Informada
por el CLAUSTRO.
§ Conocida
y aprobada por el CONSEJO ESCOLAR.
§ Un
ejemplar se queda en la Secretaría del Centro y otro es enviado a la Dirección
Provincial.
o
Proyecto Curricular de Etapa:
§ Es
el soporte documental para la correcta formación de los alumnos y la
consecución de los diferentes objetivos (conceptuales, procedimentales, y
actitudinales).
Antes
de proceder a las conclusiones sobre el texto expuesto, me gustaría decir que
para la realización del resumen he preferido hacerlo más esquemático que en
otros textos ya comentados.
En
cuanto a las conclusiones obtenidas tras la lectura de este texto, me gustaría
hacerlo en dos partes:
En
la primera de esas partes me gustaría hablar sobre la evolución histórica en
las diferentes leyes educativas de la participación. Es muy interesante ver
cómo ha cambiado la situación desde mediados del siglo XX. Hemos pasado de una
presencia casi residual de la participación, donde casi no aparecía reflejada y
quedaba más a la lectura concisa del lector, a una presencia con nombres y
apellidos, donde comienzan a aparecer las asociaciones de padres y los consejos
escolares conforme se acerca la democracia.
En ese sentido es importante reflejar el cambio social y educativo que
ha sufrido España desde ese momento pasando de una dictadura a un sistema
democrático, lo que ha supuesto una mayor autonomía de los centros a la hora de
aplicar esa participación. Sin embargo, aunque llevamos desde el año 85 con la
participación aun hoy en día carecemos de esa tradición y hábitos. Al principio
se acobió muy bien, pero luego fue decayendo.
En
segundo lugar quiero hablar de los órganos de participación institucionales. Es
cierto que son órganos de participación donde participa toda la Comunidad
Educativa, profesores, padres y alumnos, y que si, además, se cuenta con gente
valida y con ganas de participar se puede llegar a muy buen puerto en el
análisis, mejora e innovación de las políticas del centro.
Otra
cosa son los Documentos de los que nos habla donde sí, se produce una
participación, pero que en muchos casos es obligada porque la ley dicta el
cumplimiento y redacción de esos documentos. Asique mejor o peor pero siempre
se llevan a cabo.
Finalmente,
me gustaría reflexionar sobre la verdadera situación que atraviesa la
participación hoy en día:
La
participación de profesores, alumnos y padres hoy en día es mala o muy mala,
llegando a ser nula o casi nula en los representantes de los alumnos y de los
padres. En este sentido, me gustaría reflejar mi experiencia personal, ya que
yo pasé toda mi vida en el instituto sin conocer muchos de estos órganos, nadie
nos informó y como mucho teníamos el delegado de clase pero nada más.
La
causa de esta deficiente participación de las familias la encontramos en el
cambio que se ha producido de la sociedad de mediados del siglo XX, una
sociedad patriarcal, a la actualidad. La sociedad actual es una sociedad
consumista, lo que implica que nuestros fines estén destinados al trabajo y a
la obtención de recursos con ese dinero que ganamos, lo que supone que los padres
tengan muy difícil conciliar la vida familiar y la laboral y por tanto no
puedan participar en la educación de los hijos ni conocer los órganos a través
de los cuales puede hacerlo, pese a tener esos órganos una aceptación y
valoración positiva entre ellos. Y en el caso de los profesores, porque lo
consideran como una evaluación de su trabajo, y tienen la sensación de que
limita su poder.
Además
de esto, también me gustaría hablar de que algunos órganos de participación
educativa como los Consejos Escolares o El Consejo Escolar del Estado en muchos
casos han dejado de ser órganos de participación a los que consultar o donde se
aprueban una serie de medidas beneficiosas para el centro y su convivencia,
para ser apéndices de un partido político o el modo por el que algún miembro se
coloca en un determinado ayuntamiento o institución gubernamental.
Debemos
buscar más medios de participación para los alumnos, ya que en muchos casos se
desconocen los órganos en los que puede participar. También sería necesario, ya
que la educación de hoy en día se encamina a crear ciudadanos críticos, que la
figura de los estudiantes en los consejos escolares y demás órganos sea tenida
más en cuenta, y tengan capacidad de decisión y voto. No puede ser, como nos
dice en el apartado del Consejo Escolar, que los representantes de los alumnos
no pueden votar en la elección del director. Con esto quiero decir que sería un
paso que pudieran votar en esos casos, porque sino pensarían, ¿De qué sirve que
participemos en el Consejo Escolar o en cualquier cosa si no podemos votarlo? Y
esto poniéndome en la piel de los pocos que conocen la existencia de estos
órganos o de la posibilidad de realizar asambleas de estudiantes. Puede influir
su pasividad, pero también influye la desinformación.
Entre todos debemos buscar una solución a este déficit en
el que prime por activa y por pasiva la participación, una participación
destinada por y para la mejora educativa y de las condiciones de los centros y
los alumnos. Debemos dejar de lado esa participación donde tal o cual organismo
es el cortijo de una persona o de un político que únicamente buscan el poder. Por
ejemplo, si los padres participan en la enseñanza de sus hijos, por lo general
los hijos obtienen mejores resultados en la escuela, se portan mejor, y tienen
actitudes más positivas hacia la escuela y crecen para ser más exitosos en la
vida y además, los padres conocen el
lugar y el entorno que rodean la educación de sus hijos y pueden colaborar para
mejorarlo.
Un buen formato que he conocido y sobre el que estoy profundizando es el de los
Consejos Escolares Municipales, y más concretamente el de Azuqueca de Henares.
En el he visto gente con ganas de trabajar y que poco a poco lleva a cabo
proyectos pequeños pero significativos para los jóvenes y la organización
educativa de los centros del municipio. Para conocerlo no solo he hablado con
la concejala de Educación, que como me esperaba me pintó un panorama muy
bonito, también hable con algún padre y alumno participe, y todos coincidían en
lo mismo y es que es un trabajo lento, pero que poco a poco va dando sus
frutos.
Sinceramente
lo único que cambiaría es la participación de tantos representantes del
ayuntamiento, porque entre el Alcalde, la concejala, y los representantes de
los partidos salen más de 6 personas. Yo lo dejaría como mucho en la concejala
y algún representante de la oposición, para que así primara la opinión de los
centros sobre la de los políticos.
Sin
embargo, podemos tener todas las ideas del mundo en cuanto a participación,
pero tenemos un gran problema y es que iniciamos un proceso pero rápidamente
nos cansamos y nos vamos olvidamos de ello. Mientras no asumamos que a
participar se aprende participando, no llegaremos a ningún lado.