domingo, 12 de enero de 2014

“Participación de la Comunidad Escolar en la Educación” (Silvino Diana Vázquez).



El texto que vamos a proceder a comentar y resumir trata sobre la participación en la Educación y el Sistema Educativo. Para ello, Silvino Diana lo divide en dos partes. En una primera hace un repaso por las leyes educativas en España desde 1945 hasta el año 1996 con los dos reales decretos y su concepción de la participación, y una segunda parte en la que nos habla y describe los órganos de participación existentes desde el Consejo Escolar hasta el Consejo Escolar del Estado, sin olvidar un último apartado dedicado a los documentos donde se refleja la participación y una introducción al comienzo donde define “participación”. Sin más preámbulos, comenzamos por el siguiente apartado: 
*      EL SENTIDO DE LA PARTICIPACIÓN EN ESPAÑA A TRAVÉS DE LOS SISTEMAS EDUCATIVOS
1.      Ley de Educación Primaria.
a.       Año: 17 de julio de 1945.
                                                              i.      Participación implícita con la educación. La familia pilar fundamental de forma indirecta:
1.      Asistencia de los Hijos.
2.      Formar el carácter y la personalidad del niño junto con el maestro.
3.      Rendimiento del niño (Hablar con el  maestro).
4.      Cooperar con las instituciones y asociaciones pedagógicas del momento.
b.      Órganos de participación:
                                                              i.      Juntas Municipales: (Autoridades Locales)
1.      Comprobar el trabajo escolar.
2.      Días festivos y horas laborables.
                                                            ii.      Comisión Provincial de Enseñanza Primaria: (capitales de provincia y plazas de soberanía – Presidente el Inspector Jefe de Enseñanza Primaria).
1.      Nombran maestros.
2.      Confeccionan los planes de necesidades y desarrollos escolares una vez han escuchado a las juntas municipales y la Inspección.
                                                          iii.      Consejos de Distrito Universitario:
1.      Regir y orientar las funciones docentes además de la labor cultural y educativa dentro del Distrito Universitario.
2.      Ley general de educación y financiamiento de la reforma educativa.
a.      Año: 4 de Agosto de 1970.
                                                              i.      Constitución de las AMPAs en los centros, poblaciones, comarcas y provincias. Participarán en la función educativa.
                                                            ii.      Participación y coordinación entre los órganos de gobierno del centro y las AMPA.
                                                          iii.      Participación en los órganos de gobierno: Director asistido por el Claustro de Profesores y por un Consejo Asesor (Incluidas las AMPAs).
3.      Ley Orgánica sobre el estatuto de centros escolares.
a.      Año: 1980.
b.      Intento de adecuar la normativa a la situación de España en el momento (Democracia y Constitución de 1978). Es una reforma parcial que afecta a los Centros Escolares.
                                                              i.      Órganos de Participación:
1.      AMPA.
2.      Consejo de Dirección:
a.      4 representantes del AMPA
b.      2 de alumnos.
                                                            ii.      Derechos y deberes del alumno:
1.      Participar en la vida de los centros.
4.      Ley Orgánica reguladora del derecho a la Educación.
a.      Año: 1985.
b.      Regula la participación y los distintos órganos (centros escolares hasta órgano superior del Estado).
                                                              i.      Aportaciones:
1.      Participación de los padres en la Gestión del Centro.
2.      Derecho de los alumnos a participar en la vida del centro y en su funcionamiento.
3.      Asociaciones de alumnos (primera vez que aparece mencionado): participación en los órganos colegiados del centro.
                                                            ii.      El título Tercero que habla de la participación ha sido sustituido por la “Ley Orgánica de la Participación, la Evaluación y el Gobierno de los Centros Docentes.
                                                          iii.      En los centros privados, la participación aparece reflejada en sus reglamentos de régimen interno.
                                                          iv.      En los concertados participan a través del Consejo Escolar.
                                                            v.      Se establecen los diferentes órganos de participación:
1.      El Consejo Escolar del Estado.
2.      Consejo Escolar territorial (CC.AA.)
3.      Posibilidad de establecer Consejos Escolares territoriales de tipo provincial, comarcal o zonal, etc. (Tipo consejos escolares municipales, comarcales, etc. Algo que aun hoy no se ha conseguido desarrollar completamente, lo más cercano han sido los Consejos Escolares Municipales en aquellos municipios normalmente gobernados por partidos de izquierdas, pero que no han tenido mucho éxito).
5.      Ley de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE).
a.      Año: 3 de Octubre de1990.
b.      Elimina los artículos que aun quedaban de la ley de 1970. Y mediante los Reales Decretos 82/1996 y 83/1996 establece:
                                                              i.      Reglamentos Orgánicos: Escuelas de Educación Infantil, Colegios de Educación Primaria e Institutos de Educación Secundaria.
                                                            ii.      Establecen la autonomía Pedagógica y Organizativa de dichos centros como base de participación. Lo que supone una participación en las decisiones contenidas en el modelo de gestión y en los documentos institucionales de los centros educativos.
c.       Habla de participación para conseguir objetivos educativos y así implicar a los sectores de la comunidad educativa, destacando los padres, madres, tutores, profesores, y alumnos.
d.      Adapta el sistema educativo a los nuevos cambios sociales y tecnológicos.
e.       Ordena los tramos educativos (enseñanza obligatoria) en 10 años, para así orientarlo a la Integración en la Unión Europea.
f.       Organiza el Sistema Educativo por niveles, etapas, ciclos, grados y modalidades. Integrando la participación en la autonomía otorgada a los centros.
6.      Ley Orgánica de la Participación, la Evaluación y el Gobierno de los Centros Docentes.
a.      Año: 20 de Noviembre de 1995.
b.      La participación en los diferentes contextos:
                                                              i.      La Comunidad Educativa participa a través del Consejo Escolar.
                                                            ii.      Los Profesores, además del órgano anterior, lo harán a través del Claustro de Profesores.
                                                          iii.      Las diferentes administraciones educativas reforzarán la participación democrática de los alumnos.
                                                          iv.      Tantos profesores, como padres y alumnos participarán en las actividades escolares, ya sean complementarias o extraescolares.
c.       Reitera lo dicho en el Punto 5 sobre la autonomía pedagógica y administrativa como medio de participación en la gestión y redacción de los documentos del centro.
*      ORGANOS DE PARTICIPACIÓN EN LOS CENTROS PÚBLICOS.
-          Real Decreto 82/1996 de 26 de Enero:
o   Establece los Órganos Colegiados y Unipersonales de Gobierno de las Escuelas de Educación Infantil y los Colegios de Primaria.
-          Real Decreto 83/1996 de 26 de Enero:
o   Establece los Órganos Colegiados y  Unipersonales de Gobierno de los Institutos de Educación Secundaria.
-          Los dos reales decretos anteriores suponen la participación en la gestión pedagógica y organizativa de los Centros que se realizará a través de dos órganos: El Consejo Escolar y el Claustro de Profesores.
-          CONSEJO ESCOLAR:
o   Están representados todos los sectores de la Comunidad Educativa:
§  El Centro:
·         Director.
·         Jefe de Estudios.
·         Secretario (con voz pero sin voto).
·         Profesores (número no inferior a 1/3 del total de componentes del Consejo).
§  Ayuntamiento:
·         Un Concejal o persona designada.
§  Padres:
·         Número no inferior a 1/3 del total de componentes del Consejo.
§  Alumnos:
·         Primaria: Según refleje el PEC.
·         ESO: Podrán elegirse después del primer ciclo, sin embargo, no podrán participar en la elección o cese del director.
§  Personal de Administración y Servicios:
·         Un representante.
o   Dentro del Consejo Escolar y según los Reglamentos Orgánicos de los Centros, habrá una “Comisión de Convivencia”:
§  La forman: profesores, padres y alumnos, y la preside el director.
§  Objetivos:
·         Fomentar el ambiente participativo para solucionar y mediar en los conflictos y buscar las mejores soluciones para la convivencia en el centro.
o   Funciones del CONSEJO ESCOLAR:
§  Establecer las directrices para elaborar el Proyecto Educativo, aprobarlo y evaluarlo.
§  Elegir al Director.
§  Decidir sobre la admisión de alumnos.
§  Aprobar el Reglamento de Régimen Interior.
§  Resolver los conflictos que afectan a la convivencia del centro.
§  Aprobar el proyecto del presupuesto del centro
§  Aprobar y evaluar la programación general del centro.
§  Aprobar y evaluar la programación general de las actividades escolares y complementarias.
§  Analizar y evaluar el funcionamiento general del centro.
§  Analizar y evaluar la evolución del rendimiento escolar general del centro.
§  Informar la memoria anual de las actividades y actuaciones generales del centro.
-          CLAUSTRO DE PROFESORES:
o   Es el órgano de participación de los profesores.
o   Tienen la responsabilidad de planificar, coordinar, definir e informar sobre los aspectos docentes.
o   Lo preside el director y lo integran todos los profesores (asistencia obligatoria).
o   Competencias:
§  Propuestas para el PEC y la PGA al Equipo Directivo.
§  Establecer los criterios para la elaboración de los proyectos curriculares, aprobarlos, evaluarlos y decidir las posibles modificaciones.
§  Aprobar los aspectos docentes de la programación general anual, informarla antes de la presentación al consejo escolar e informar la memoria final del curso.
§  Promover iniciativas en el campo de la innovación y experimentación pedagógica.
§  Elegir sus representantes en el Consejo Escolar.
§  Conocer las candidaturas y los candidatos a la dirección.
§  Coordinar las funciones referentes a la orientación, tutoría y recuperación de alumnos.
§  Analizar y evaluar los aspectos docentes del apoyo educativo.
§  Aprobar los aspectos pedagógicos referentes a la elaboración de los horarios de los alumnos.
§  Aprobar los criterios para la elaboración de los horarios de los profesores
§  Aprobar la planificación general de las sesiones de evaluación.
§  Analizar y valorar la evaluación del rendimiento escolar general del Centro.
-          Los dos órganos anteriormente explicados colaboran en la evaluación que hace del centro la Inspección.
-          Cada sector representado en el Consejo Escolar podrá elevar informes a la Administración sobre el funcionamiento del centro.
-          En secundaria la participación de los alumnos tiene lugar a través de la Junta de Delegados, que puede realizarse a través de la junta de delegados en pleno o en comisión y serán escuchados por los órganos directivos del colegio.
-          Normas de convivencia:
o   La convivencia es muy importante para conseguir un buen ambiente, y además permita una participación libre, democrática y responsable. Las normas que permitan dicha convivencia deben aparecer en el Régimen Interno de los Centros.
o   A la hora de la convivencia se debe hacer partícipe no solo a los alumnos, sino también a todos los sectores y es importante que no quede en el papel, sino que permita que sean cumplidas esas normas.
o   Por ello debe existir una autonomía y una propia autorregulación de los centros.
*      LA PARTICIPACIÓN EN LOS CENTROS CONCERTADOS:
o   Al igual que en los centros públicos los órganos más importantes son el Consejo Escolar y el Claustro de Profesores. La única variación respecto a los públicos se encuentra en el personal que lo forma.
§  El Director.
§  3 representantes de la titularidad del centro.
§  4 representantes de los profesores.
§  4 representantes de los padres/tutores.
§  2 representantes de los estudiantes (a partir del primer ciclo de la ESO).
§  1 representante del personal de Administración y Servicios.
o   Además me resulta llamativo que en los centros concertados que tengan FP, puede haber un representante de las empresas con voz pero sin voto.
o   Por lo demás el Funcionamiento del Claustro de Profesores es igual que en el publico.
*      PARTICIPACIÓN EN LOS CENTROS PRIVADOS:
-          Según la LODE este tipo de centros reflejaran la forma de participación en el Reglamento de Régimen Interno.
ü  LA PARTICIPACIÓN EN LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS:
-          Las Comunidades Autónomas cuentan con sus propios Consejos Escolares Territoriales que estarán regulados por una ley de la Asamblea de la Comunidad. Estarán representados según la programación de la enseñanza.
-          Destaca la posible existencia Consejos Escolares Provinciales, comarcales, etc.
ü  CONSEJO ESCOLAR DEL ESTADO:
-          Órgano para la participación en la programación general de la enseñanza y de asesoramiento en los proyectos de ley o reglamentos que hayan de ser dictados por el Gobierno.
o   Funcionamiento:
§  A través del pleno, comisión permanente y ponencias.
o   Composición:
§  20 profesores (propuestos por las centrales y asociaciones sindicales más representativas de la enseñanza pública).
§  8 profesores de la privada.
§  12 padres de alumnos (Repartidos entre las AMPAs más representativas).
§  8 alumnos (repartidos entre las asociaciones más representativas).
§  4 representantes de  administración y servicios (por las centrales y asociaciones sindicales más representativas).
§  4 titulares de centros privados (nombrados a propuesta de las organizaciones empresariales más representativas).
§  4 representantes de los sindicatos.
§  4 representantes de la patronal.
§  8 representantes de la Administración Educativa del Estado (designados por el MEC).
§  4 representantes de las universidades (nombrados por el Consejo de Universidades).
§  12 representantes de prestigio en el campo educativo nombrados por el MEC.
o   Pleno:
§  Se le consulta sobre:
·         Programación General de las Enseñanzas.
·         Normas del Estado relacionadas con el Sistema Educativo.
·         Aquellas leyes que impliquen la consulta del Pleno del Consejo Escolar del Estado.
·         Aprobar el informe anual sobre el estado y situación del sistema educativo.
o   Comisión Permanente:
§  Participa en las siguientes cuestiones:
·         Proyectos de reglamento relacionados con la legislación básica de la enseñanza.
·         Fijar las enseñanzas mínimas y regularizar las condiciones para obtener títulos académicos y la aplicación en casos conflictivos.
·         Disposiciones relacionadas con la igualdad de derechos y oportunidades en la enseñanza.
·         Determina los niveles mínimos de rendimiento y calidad.
·         Requisitos para que un centro pueda enseñar con una serie de garantías de calidad.
·         Elabora el informa anual sobre el estado y situación del sistema educativo.
o   Ponencias:
§  La Comisión Permanente establece una serie de ponencias o trabajos sobre la redacción de informes o estudios concretos.
§  No son vinculantes para la Comisión Permanente.
ü  DOCUMENTOS INSTITUCIONALES DE LOS CENTROS QUE HACEN POSIBLE LA PARTICIPACIÓN:
-          En este apartado el autor nos muestra cuatro documentos muy importantes que permiten o implican la participación de los docentes. En algunos casos ya hemos hablado de ellos, por lo que omitiré la explicación y me centraré en la participación:
o   PEC/ Ideario de Centro (centros privados):
§  Es elaborado, aprobado y revisado por todos los sectores educativos.
o   Reglamento de Régimen Interno:
§  Relaciones entre los miembros de la comunidad educativa y entre los órganos de gobierno y coordinación didáctica.
§  Quizás un poco denostado por falta de formación que permita hacerlo realidad de una manera eficiente.
o   PGA:
§  Participan todos los sectores de la educación.
§  Informada por el CLAUSTRO.
§  Conocida y aprobada por el CONSEJO ESCOLAR.
§  Un ejemplar se queda en la Secretaría del Centro y otro es enviado a la Dirección Provincial.
o   Proyecto Curricular de Etapa:
§  Es el soporte documental para la correcta formación de los alumnos y la consecución de los diferentes objetivos (conceptuales, procedimentales, y actitudinales).
Antes de proceder a las conclusiones sobre el texto expuesto, me gustaría decir que para la realización del resumen he preferido hacerlo más esquemático que en otros textos ya comentados. 
En cuanto a las conclusiones obtenidas tras la lectura de este texto, me gustaría hacerlo en dos partes:
En la primera de esas partes me gustaría hablar sobre la evolución histórica en las diferentes leyes educativas de la participación. Es muy interesante ver cómo ha cambiado la situación desde mediados del siglo XX. Hemos pasado de una presencia casi residual de la participación, donde casi no aparecía reflejada y quedaba más a la lectura concisa del lector, a una presencia con nombres y apellidos, donde comienzan a aparecer las asociaciones de padres y los consejos escolares conforme se acerca la democracia.  En ese sentido es importante reflejar el cambio social y educativo que ha sufrido España desde ese momento pasando de una dictadura a un sistema democrático, lo que ha supuesto una mayor autonomía de los centros a la hora de aplicar esa participación. Sin embargo, aunque llevamos desde el año 85 con la participación aun hoy en día carecemos de esa tradición y hábitos. Al principio se acobió muy bien, pero luego fue decayendo.
En segundo lugar quiero hablar de los órganos de participación institucionales. Es cierto que son órganos de participación donde participa toda la Comunidad Educativa, profesores, padres y alumnos, y que si, además, se cuenta con gente valida y con ganas de participar se puede llegar a muy buen puerto en el análisis, mejora e innovación de las políticas del centro.
Otra cosa son los Documentos de los que nos habla donde sí, se produce una participación, pero que en muchos casos es obligada porque la ley dicta el cumplimiento y redacción de esos documentos. Asique mejor o peor pero siempre se llevan a cabo.
Finalmente, me gustaría reflexionar sobre la verdadera situación que atraviesa la participación hoy en día:
La participación de profesores, alumnos y padres hoy en día es mala o muy mala, llegando a ser nula o casi nula en los representantes de los alumnos y de los padres. En este sentido, me gustaría reflejar mi experiencia personal, ya que yo pasé toda mi vida en el instituto sin conocer muchos de estos órganos, nadie nos informó y como mucho teníamos el delegado de clase pero nada más.
La causa de esta deficiente participación de las familias la encontramos en el cambio que se ha producido de la sociedad de mediados del siglo XX, una sociedad patriarcal, a la actualidad. La sociedad actual es una sociedad consumista, lo que implica que nuestros fines estén destinados al trabajo y a la obtención de recursos con ese dinero que ganamos, lo que supone que los padres tengan muy difícil conciliar la vida familiar y la laboral y por tanto no puedan participar en la educación de los hijos ni conocer los órganos a través de los cuales puede hacerlo, pese a tener esos órganos una aceptación y valoración positiva entre ellos. Y en el caso de los profesores, porque lo consideran como una evaluación de su trabajo, y tienen la sensación de que limita su poder.
Además de esto, también me gustaría hablar de que algunos órganos de participación educativa como los Consejos Escolares o El Consejo Escolar del Estado en muchos casos han dejado de ser órganos de participación a los que consultar o donde se aprueban una serie de medidas beneficiosas para el centro y su convivencia, para ser apéndices de un partido político o el modo por el que algún miembro se coloca en un determinado ayuntamiento o institución gubernamental.
Debemos buscar más medios de participación para los alumnos, ya que en muchos casos se desconocen los órganos en los que puede participar. También sería necesario, ya que la educación de hoy en día se encamina a crear ciudadanos críticos, que la figura de los estudiantes en los consejos escolares y demás órganos sea tenida más en cuenta, y tengan capacidad de decisión y voto. No puede ser, como nos dice en el apartado del Consejo Escolar, que los representantes de los alumnos no pueden votar en la elección del director. Con esto quiero decir que sería un paso que pudieran votar en esos casos, porque sino pensarían, ¿De qué sirve que participemos en el Consejo Escolar o en cualquier cosa si no podemos votarlo? Y esto poniéndome en la piel de los pocos que conocen la existencia de estos órganos o de la posibilidad de realizar asambleas de estudiantes. Puede influir su pasividad, pero también influye la desinformación.
            Entre todos debemos buscar una solución a este déficit en el que prime por activa y por pasiva la participación, una participación destinada por y para la mejora educativa y de las condiciones de los centros y los alumnos. Debemos dejar de lado esa participación donde tal o cual organismo es el cortijo de una persona o de un político que únicamente buscan el poder. Por ejemplo, si los padres participan en la enseñanza de sus hijos, por lo general los hijos obtienen mejores resultados en la escuela, se portan mejor, y tienen actitudes más positivas hacia la escuela y crecen para ser más exitosos en la vida  y además, los padres conocen el lugar y el entorno que rodean la educación de sus hijos y pueden colaborar para mejorarlo.
            Un buen formato que he conocido y sobre  el que estoy profundizando es el de los Consejos Escolares Municipales, y más concretamente el de Azuqueca de Henares. En el he visto gente con ganas de trabajar y que poco a poco lleva a cabo proyectos pequeños pero significativos para los jóvenes y la organización educativa de los centros del municipio. Para conocerlo no solo he hablado con la concejala de Educación, que como me esperaba me pintó un panorama muy bonito, también hable con algún padre y alumno participe, y todos coincidían en lo mismo y es que es un trabajo lento, pero que poco a poco va dando sus frutos.
Sinceramente lo único que cambiaría es la participación de tantos representantes del ayuntamiento, porque entre el Alcalde, la concejala, y los representantes de los partidos salen más de 6 personas. Yo lo dejaría como mucho en la concejala y algún representante de la oposición, para que así primara la opinión de los centros sobre la de los políticos.
Sin embargo, podemos tener todas las ideas del mundo en cuanto a participación, pero tenemos un gran problema y es que iniciamos un proceso pero rápidamente nos cansamos y nos vamos olvidamos de ello. Mientras no asumamos que a participar se aprende participando, no llegaremos a ningún lado.